New: memberships with ongoing adviser support after your visa.See memberships
Book ConsultationReservar
Contact Us

España · residencia por teletrabajo

Viva en España y siga trabajando para clientes en el extranjero

La autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional permite a trabajadores por cuenta ajena y autónomos de fuera de la UE vivir en España por periodos de hasta tres años. Compruebe en un minuto si cumple los requisitos y reciba un plan y un presupuesto personalizados.

  • Resultado orientativo inmediato según el umbral de ingresos de 2026
  • Fuentes oficiales y fecha de revisión en cada dato clave
  • Un único gestor de su expediente, de la primera llamada a la tarjeta de residencia

¿Cumple los requisitos? Compruébelo en un minuto

Seis preguntas. Sus respuestas son privadas y solo llegan a su asesor si nos pide que le contactemos.

Pregunta 1 de 6

¿Cómo trabaja?

Datos clave y requisitos (2026)

Las principales normas del visado para teletrabajo de carácter internacional y de la autorización de residencia, con la fuente oficial de cada una.

Datos clave y requisitos (2026)
RequisitoQué significaFuente oficial
A quién va dirigidoNacionales de países de fuera de la UE, el EEE y Suiza que trabajan en remoto para una empresa o clientes establecidos fuera de España.Creado por la Ley 28/2022 (ley de startups), que añadió los artículos 74 bis a 74 quinquies a la Ley 14/2013.Ley 14/2013 (BOE) (opens in a new tab)
AutónomosPueden solicitarlo. El trabajo para clientes en España no puede superar el 20% de su actividad profesional total.Ley 14/2013 (BOE) (opens in a new tab)
Ingresos mínimos (2026)Unos 2.849 € brutos al mes para el solicitante (200% del Salario Mínimo Interprofesional, SMI). Hay que añadir unos 1.068 € por el primer familiar (75%) y unos 356 € por cada familiar adicional (25%).El SMI de 2026 es de 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € al año). Las cifras mensuales indicadas dividen el SMI anual entre 12; su asesor le confirma la base exacta que se aplica a su solicitud.Real Decreto 126/2026 (BOE) (opens in a new tab)
Relación laboralAl menos 3 meses con su empresa o sus clientes principales antes de presentar la solicitud.Información de los consulados de España (opens in a new tab)
CualificaciónUn título universitario o una cualificación profesional, o al menos 3 años de experiencia profesional en su sector.Ley 14/2013 (BOE) (opens in a new tab)
Dónde se solicitaEn el consulado de España de su país de residencia (visado de hasta 1 año) o por vía telemática ante la UGE-CE si ya se encuentra legalmente en España (residencia de hasta 3 años).La documentación es la misma en ambos casos.Información de los consulados de España (opens in a new tab)
Plazo de resoluciónLa Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) resuelve las solicitudes presentadas en España en un plazo de 20 días.Los plazos de tramitación consular varían según el consulado. Le confirmamos el plazo actual del suyo.Información de los consulados de España (opens in a new tab)
Seguridad SocialTrabajadores por cuenta ajena: afiliación en España a través de la empresa o certificado de cobertura de su país cuando exista convenio de Seguridad Social. Autónomos: alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o certificado de cobertura.Información de los consulados de España (opens in a new tab)
Seguro médico y antecedentesSeguro médico válido en España y certificados de antecedentes penales de los países en los que haya residido en los últimos 5 años.Los documentos extranjeros suelen requerir legalización (apostilla) y traducción jurada al español.Información de los consulados de España (opens in a new tab)
Residencia de larga duraciónTras 5 años de residencia legal continuada puede solicitar la residencia de larga duración.Regla general de la ley de extranjería; el tiempo con algunas autorizaciones computa de forma distinta.Ley Orgánica 4/2000, art. 32 (BOE) (opens in a new tab)

Última revisión: . Revisado por: pendiente de revisión por un asesor

Cómo funciona, paso a paso

  1. 1

    Compruebe sus requisitos

    Responda a seis preguntas y obtenga al instante un resultado orientativo.

  2. 2

    Llamada con su gestor

    Confirmamos la vía (consulado o desde España), la acreditación de sus ingresos y los familiares que le acompañan.

  3. 3

    Presupuesto personalizado

    Recibe un presupuesto adaptado a su caso. Con una provisión de fondos sobre ese presupuesto empezamos a trabajar.

  4. 4

    Documentación y solicitud

    Su lista de documentos está en su área de cliente. Revisamos cada documento y, después, preparamos y presentamos la solicitud.

  5. 5

    Resolución y tarjeta de residencia

    Hacemos el seguimiento de la solicitud hasta la resolución y le ayudamos con la cita para la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y con las renovaciones.

Lo que hacemos nosotros y lo que haría usted por su cuenta

Puede presentar la solicitud por su cuenta. Esto es lo que cambia cuando nos encargamos nosotros.

Lo que hacemos nosotros y lo que haría usted por su cuenta
Con CitizenSurePor su cuenta
Elección de la víaComparamos para su situación la solicitud en el consulado y desde EspañaUsted investiga las opciones y la información más reciente
Acreditación de ingresosRevisamos sus nóminas, facturas y contratos frente al umbral vigenteUsted determina qué documentos sirven y cómo presentarlos
DocumentaciónLista personalizada, revisión de documentos y planificación de legalizaciones y traduccionesUsted controla cada requisito, apostilla y traducción
SolicitudPreparada y revisada antes de presentarla; respondemos a los requerimientos de informaciónUsted cumplimenta los formularios y responde a los requerimientos
FamiliaresIncluidos en el mismo plan, con el cálculo de los ingresos adicionalesSolicitudes separadas para cada familiar que debe gestionar usted
Tras la concesiónCita para la tarjeta de residencia y avisos de renovaciónUsted pide las citas y controla las fechas de renovación

Descubra en un minuto en qué situación está

Responda a seis preguntas para obtener un resultado orientativo y reciba un plan y un presupuesto para su caso.

Comprobar mis requisitos

Cómo funcionan nuestros honorarios

No publicamos tarifas cerradas. Cada cliente recibe un presupuesto individual tras una breve valoración, de modo que paga por lo que su caso necesita y nada más.

Qué influye en su presupuesto

Quién lo solicita
El solicitante principal y cada familiar incluido en la solicitud.
Complejidad
Trabajador por cuenta ajena o autónomo, número de clientes, estructura de ingresos, denegaciones anteriores.
Documentación
Cuántos documentos requieren apostilla, legalización y traducción jurada.
Vía y plazos
Consulado o solicitud desde España, y la urgencia de su traslado.
Servicios adicionales
Derivación para el régimen fiscal, cita para la tarjeta de residencia, renovaciones, ayuda con la mudanza.

Qué incluye

  • Valoración de requisitos por un asesor cualificado
  • Recomendación de vía: consulado o UGE-CE
  • Lista personalizada de documentos y revisión de cada uno
  • Preparación, presentación y seguimiento de la solicitud
  • Familiares incluidos en el mismo plan
  • Novedades en su área de cliente segura

Tasas oficiales (abonadas a la Administración)

  • Solicitud de residencia en España (UGE-CE)Tasa administrativa (modelo 790 código 038), abonada a la Administración española; importe confirmado en su plan
  • Visado en un consulado de EspañaTasa consular fijada por cada consulado y según la nacionalidad; importe confirmado en su plan
  • Tarjeta de residencia (TIE)Tasa administrativa abonada en la cita; importe confirmado en su plan

Las tasas administrativas y consulares las fija la Administración española y se abonan aparte de nuestros honorarios. El coste de traducciones y legalizaciones depende de sus documentos.

Solicitar mi presupuesto personalizado

Empiece con la comprobación de un minuto. Su asesor le envía el presupuesto tras la llamada.

Si decide seguir adelante, una provisión de fondos sobre su propio presupuesto pone en marcha el trabajo. El resto se abona según lo indicado en su presupuesto.

Fiscalidad en España: el régimen especial de impatriados

Información general, no constituye asesoramiento fiscal. Esta sección está pendiente de revisión por un asesor fiscal cualificado.

Quienes pasan a ser residentes fiscales en España pueden optar, en determinados casos, por el régimen especial de trabajadores desplazados o impatriados (artículo 93 de la Ley del IRPF, conocido como «Ley Beckham»). Desde 2023, la Ley 28/2022 lo extiende a los teletrabajadores que se trasladan a España para trabajar a distancia. Con este régimen tributa, en líneas generales, como no residente el año del traslado y los cinco siguientes. No debe haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores, y la opción se ejerce con el modelo 149 en un plazo de seis meses desde el inicio de su actividad en España. Si puede acogerse, sobre todo como autónomo, depende de cómo trabaja y se decide caso por caso. Le derivamos a un asesor fiscal cualificado antes de que cuente con ello.
Base legal
Artículo 93 de la Ley del IRPF (LIRPF), modificado por la Ley 28/2022
Duración
El año del traslado y los 5 años siguientes
Cómo acogerse
Modelo 149 ante la Agencia Tributaria, en un plazo de 6 meses
Autónomos
No es automático; requiere asesoramiento fiscal individual

Traer a su familia

Información general, no constituye asesoramiento jurídico. Esta sección está pendiente de revisión por un asesor cualificado.

Su cónyuge o pareja registrada y sus hijos pueden presentar la solicitud con usted, a la vez o más adelante, y obtener una autorización de residencia vinculada a la suya. Los ingresos exigidos aumentan con cada familiar: alrededor del 75% del SMI por el primero y el 25% por cada uno adicional. Incluimos a sus familiares en el mismo plan, calculamos los ingresos necesarios y preparamos cada solicitud junto con la suya.
Pareja
Cónyuge o pareja registrada
Hijos
Menores de 18 años, o mayores que dependan económicamente de usted
Ingresos adicionales (2026)
Unos 1.068 € al mes por el primero y 356 € por cada uno adicional
Autorización
Vinculada a la residencia del solicitante principal

España frente a Portugal, Italia y Grecia

Las principales vías para nómadas digitales en el sur de Europa, de un vistazo. Los umbrales cambian cada año; consulte la fuente antes de basarse en una cifra.

España frente a Portugal, Italia y Grecia
Ingresos mínimosAutónomosPrimera autorizaciónFamiliaresFuente
EspañaUnos 2.849 € al mes (200% del SMI, 2026)Sí, hasta un 20% de clientes españolesVisado de hasta 1 año, o residencia de 3 años si se solicita en EspañaSí, con ingresos adicionalesFuente (opens in a new tab)
Portugal (D8)4 veces el salario mínimo portugués al mesSíVisado de estancia temporal o de residenciaSíFuente (opens in a new tab)
ItaliaUnos 28.000 € al año (3 veces el nivel de exención sanitaria)Sí, trabajadores altamente cualificadosVisado y permiso de hasta 1 añoSíFuente (opens in a new tab)
Grecia3.500 € al mesSí, con clientes fuera de GreciaVisado de hasta 12 mesesSíFuente (opens in a new tab)

Comparativa orientativa, no constituye asesoramiento. Las cifras proceden de las fuentes oficiales enlazadas y pueden cambiar. Datos a fecha de: .

Lista de documentos

Los documentos que necesitan la mayoría de los solicitantes. Obtenga la lista completa, con notas sobre cada documento, lista para imprimir.

Incluido en la lista

  • Pasaporte
  • Fotografía tamaño carné
  • Certificados de antecedentes penales
  • Seguro médico
  • Título o acreditación de experiencia
  • Carta de la empresa (empleados)
  • Contratos con clientes (autónomos)
  • Acreditación de la actividad de la empresa
  • Justificantes de ingresos
  • Extractos bancarios
  • Acreditación de Seguridad Social
  • Documentos familiares

Obtenga la lista completa

Con notas sobre cada documento, lista para imprimir. También se la enviaremos por correo electrónico.

Tratamiento

Hable con nosotros como prefiera

Elija lo que mejor le convenga. Todas las solicitudes llegan al mismo gestor de su expediente.

Escríbanos por WhatsApp

Consultas rápidas sobre el visado de teletrabajo en España.

Abrir WhatsApp (opens WhatsApp)

Solicite que le llamemos

Déjenos su número y le devolveremos la llamada.

Reserve una consulta

Una llamada con su gestor sobre su vía, su documentación y su presupuesto.

Reciba su plan y su presupuesto personalizados

Cuéntenos un poco sobre usted. Un asesor cualificado lo revisará y se pondrá en contacto con usted.

Tratamiento
0 / 1500

Orientación de carácter general. Las normas y las tasas de inmigración cambian, por lo que confirmamos los requisitos vigentes para su situación en su evaluación.

Última actualización:

Preguntas frecuentes

¿Qué es el visado de nómada digital de España?

Es el nombre con el que se conocen el visado para teletrabajo de carácter internacional y la autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional, creados por la Ley 28/2022. Permiten a personas de fuera de la UE, el EEE y Suiza vivir en España mientras trabajan en remoto para una empresa o clientes establecidos fuera de España.

¿Pueden solicitarlo los autónomos?

Sí. Los autónomos y profesionales por cuenta propia pueden solicitarlo si la mayor parte de su trabajo es para clientes de fuera de España. El trabajo para clientes españoles no puede superar el 20% de la actividad profesional total.

¿Cuánto necesito ganar en 2026?

La regla es el 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el solicitante principal, más el 75% del SMI por el primer familiar y el 25% por cada uno adicional. Con un SMI de 2026 de 1.221 € al mes en 14 pagas, equivale a unos 2.849 € brutos al mes para una persona si se divide el SMI anual entre 12. Su asesor le confirma la cifra exacta que se aplica a su solicitud.

¿Debo solicitarlo desde mi país o desde España?

Ambas opciones son posibles. En un consulado de España obtiene un visado de hasta un año. Si ya se encuentra legalmente en España, por ejemplo como turista, puede solicitar por vía telemática ante la UGE-CE una autorización de residencia de hasta tres años. La mejor opción depende de sus plazos, su nacionalidad y sus planes; las comparamos en la llamada.

¿Cuánto tarda?

Las solicitudes presentadas en España ante la UGE-CE se resuelven en un plazo de 20 días. Los plazos consulares varían según el país. Reunir los documentos, las apostillas y las traducciones suele llevar más tiempo que la propia resolución, por eso planificamos esa parte con usted desde el primer día.

¿Puede venir mi familia conmigo?

Sí. Puede incluir a su cónyuge o pareja y a sus hijos; el requisito de ingresos aumenta por cada familiar. Obtienen autorizaciones de residencia vinculadas a la suya.

¿Qué pasa después de tres años?

La residencia puede renovarse mientras siga cumpliendo los requisitos. Tras cinco años de residencia legal continuada puede solicitar la residencia de larga duración.

¿Y si la mayoría de mis clientes están en España?

En ese caso esta vía no es la adecuada, porque los clientes españoles están limitados al 20% de su trabajo. España cuenta con una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, con requisitos distintos, entre ellos un plan de negocio viable. Podemos valorarla en la llamada.

¿Pagaré menos impuestos en España?

Es posible. Los teletrabajadores que se trasladan a España pueden optar por el régimen especial de trabajadores desplazados o impatriados («Ley Beckham») si cumplen sus requisitos. Depende de su situación y requiere asesoramiento fiscal individual; le derivamos a un asesor fiscal cualificado.

¿Es esto la golden visa española?

No. La residencia para inversores (golden visa) dejó de admitir nuevas solicitudes el 3 de abril de 2025. La vía del teletrabajo se basa en su trabajo en remoto y sus ingresos, no en una inversión.

¿Cuánto cuesta su servicio?

Elaboramos un presupuesto individual para cada cliente tras una breve valoración, en función de quién lo solicita, la complejidad del caso, su documentación, la vía y los servicios que elija. Recibe un presupuesto por escrito antes de comprometerse, y una provisión de fondos sobre ese presupuesto pone en marcha el trabajo.

¿Cómo empiezo?

Envíenos sus datos y un asesor se pondrá en contacto con usted para hablar de sus objetivos y de los programas que mejor se adaptan.

¿Supone un compromiso la primera conversación?

No. La primera conversación sirve para ayudarle a entender sus opciones.

¿Sigue abierto este programa?

Solo publicamos programas en vigor. Si cambian las normas, se actualiza la guía del programa y su asesor se lo comunicará antes de que avance.

¿Cómo compruebo si cumplo los requisitos?

Utilice la herramienta de elegibilidad o reserve una consulta y un asesor analizará su situación.

Siga explorando

Programas, guías, análisis y herramientas relacionados con esta página.

Book ConsultationPricing