España · residencia por teletrabajo
Viva en España y siga trabajando para clientes en el extranjero
La autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional permite a trabajadores por cuenta ajena y autónomos de fuera de la UE vivir en España por periodos de hasta tres años. Compruebe en un minuto si cumple los requisitos y reciba un plan y un presupuesto personalizados.
- Resultado orientativo inmediato según el umbral de ingresos de 2026
- Fuentes oficiales y fecha de revisión en cada dato clave
- Un único gestor de su expediente, de la primera llamada a la tarjeta de residencia
¿Cumple los requisitos? Compruébelo en un minuto
Seis preguntas. Sus respuestas son privadas y solo llegan a su asesor si nos pide que le contactemos.
Pregunta 1 de 6
Datos clave y requisitos (2026)
Las principales normas del visado para teletrabajo de carácter internacional y de la autorización de residencia, con la fuente oficial de cada una.
| Requisito | Qué significa | Fuente oficial |
|---|---|---|
| A quién va dirigido | Nacionales de países de fuera de la UE, el EEE y Suiza que trabajan en remoto para una empresa o clientes establecidos fuera de España.Creado por la Ley 28/2022 (ley de startups), que añadió los artículos 74 bis a 74 quinquies a la Ley 14/2013. | Ley 14/2013 (BOE) (opens in a new tab) |
| Autónomos | Pueden solicitarlo. El trabajo para clientes en España no puede superar el 20% de su actividad profesional total. | Ley 14/2013 (BOE) (opens in a new tab) |
| Ingresos mínimos (2026) | Unos 2.849 € brutos al mes para el solicitante (200% del Salario Mínimo Interprofesional, SMI). Hay que añadir unos 1.068 € por el primer familiar (75%) y unos 356 € por cada familiar adicional (25%).El SMI de 2026 es de 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € al año). Las cifras mensuales indicadas dividen el SMI anual entre 12; su asesor le confirma la base exacta que se aplica a su solicitud. | Real Decreto 126/2026 (BOE) (opens in a new tab) |
| Relación laboral | Al menos 3 meses con su empresa o sus clientes principales antes de presentar la solicitud. | Información de los consulados de España (opens in a new tab) |
| Cualificación | Un título universitario o una cualificación profesional, o al menos 3 años de experiencia profesional en su sector. | Ley 14/2013 (BOE) (opens in a new tab) |
| Dónde se solicita | En el consulado de España de su país de residencia (visado de hasta 1 año) o por vía telemática ante la UGE-CE si ya se encuentra legalmente en España (residencia de hasta 3 años).La documentación es la misma en ambos casos. | Información de los consulados de España (opens in a new tab) |
| Plazo de resolución | La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) resuelve las solicitudes presentadas en España en un plazo de 20 días.Los plazos de tramitación consular varían según el consulado. Le confirmamos el plazo actual del suyo. | Información de los consulados de España (opens in a new tab) |
| Seguridad Social | Trabajadores por cuenta ajena: afiliación en España a través de la empresa o certificado de cobertura de su país cuando exista convenio de Seguridad Social. Autónomos: alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o certificado de cobertura. | Información de los consulados de España (opens in a new tab) |
| Seguro médico y antecedentes | Seguro médico válido en España y certificados de antecedentes penales de los países en los que haya residido en los últimos 5 años.Los documentos extranjeros suelen requerir legalización (apostilla) y traducción jurada al español. | Información de los consulados de España (opens in a new tab) |
| Residencia de larga duración | Tras 5 años de residencia legal continuada puede solicitar la residencia de larga duración.Regla general de la ley de extranjería; el tiempo con algunas autorizaciones computa de forma distinta. | Ley Orgánica 4/2000, art. 32 (BOE) (opens in a new tab) |
Última revisión: . Revisado por: pendiente de revisión por un asesor
Cómo funciona, paso a paso
- 1
Compruebe sus requisitos
Responda a seis preguntas y obtenga al instante un resultado orientativo.
- 2
Llamada con su gestor
Confirmamos la vía (consulado o desde España), la acreditación de sus ingresos y los familiares que le acompañan.
- 3
Presupuesto personalizado
Recibe un presupuesto adaptado a su caso. Con una provisión de fondos sobre ese presupuesto empezamos a trabajar.
- 4
Documentación y solicitud
Su lista de documentos está en su área de cliente. Revisamos cada documento y, después, preparamos y presentamos la solicitud.
- 5
Resolución y tarjeta de residencia
Hacemos el seguimiento de la solicitud hasta la resolución y le ayudamos con la cita para la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y con las renovaciones.
Lo que hacemos nosotros y lo que haría usted por su cuenta
Puede presentar la solicitud por su cuenta. Esto es lo que cambia cuando nos encargamos nosotros.
| Con CitizenSure | Por su cuenta | |
|---|---|---|
| Elección de la vía | Comparamos para su situación la solicitud en el consulado y desde España | Usted investiga las opciones y la información más reciente |
| Acreditación de ingresos | Revisamos sus nóminas, facturas y contratos frente al umbral vigente | Usted determina qué documentos sirven y cómo presentarlos |
| Documentación | Lista personalizada, revisión de documentos y planificación de legalizaciones y traducciones | Usted controla cada requisito, apostilla y traducción |
| Solicitud | Preparada y revisada antes de presentarla; respondemos a los requerimientos de información | Usted cumplimenta los formularios y responde a los requerimientos |
| Familiares | Incluidos en el mismo plan, con el cálculo de los ingresos adicionales | Solicitudes separadas para cada familiar que debe gestionar usted |
| Tras la concesión | Cita para la tarjeta de residencia y avisos de renovación | Usted pide las citas y controla las fechas de renovación |
Descubra en un minuto en qué situación está
Responda a seis preguntas para obtener un resultado orientativo y reciba un plan y un presupuesto para su caso.
Cómo funcionan nuestros honorarios
No publicamos tarifas cerradas. Cada cliente recibe un presupuesto individual tras una breve valoración, de modo que paga por lo que su caso necesita y nada más.
Qué influye en su presupuesto
- Quién lo solicita
- El solicitante principal y cada familiar incluido en la solicitud.
- Complejidad
- Trabajador por cuenta ajena o autónomo, número de clientes, estructura de ingresos, denegaciones anteriores.
- Documentación
- Cuántos documentos requieren apostilla, legalización y traducción jurada.
- Vía y plazos
- Consulado o solicitud desde España, y la urgencia de su traslado.
- Servicios adicionales
- Derivación para el régimen fiscal, cita para la tarjeta de residencia, renovaciones, ayuda con la mudanza.
Qué incluye
- Valoración de requisitos por un asesor cualificado
- Recomendación de vía: consulado o UGE-CE
- Lista personalizada de documentos y revisión de cada uno
- Preparación, presentación y seguimiento de la solicitud
- Familiares incluidos en el mismo plan
- Novedades en su área de cliente segura
Tasas oficiales (abonadas a la Administración)
- Solicitud de residencia en España (UGE-CE)Tasa administrativa (modelo 790 código 038), abonada a la Administración española; importe confirmado en su plan
- Visado en un consulado de EspañaTasa consular fijada por cada consulado y según la nacionalidad; importe confirmado en su plan
- Tarjeta de residencia (TIE)Tasa administrativa abonada en la cita; importe confirmado en su plan
Las tasas administrativas y consulares las fija la Administración española y se abonan aparte de nuestros honorarios. El coste de traducciones y legalizaciones depende de sus documentos.
Empiece con la comprobación de un minuto. Su asesor le envía el presupuesto tras la llamada.
Si decide seguir adelante, una provisión de fondos sobre su propio presupuesto pone en marcha el trabajo. El resto se abona según lo indicado en su presupuesto.
Fiscalidad en España: el régimen especial de impatriados
Información general, no constituye asesoramiento fiscal. Esta sección está pendiente de revisión por un asesor fiscal cualificado.
- Base legal
- Artículo 93 de la Ley del IRPF (LIRPF), modificado por la Ley 28/2022
- Duración
- El año del traslado y los 5 años siguientes
- Cómo acogerse
- Modelo 149 ante la Agencia Tributaria, en un plazo de 6 meses
- Autónomos
- No es automático; requiere asesoramiento fiscal individual
Traer a su familia
Información general, no constituye asesoramiento jurídico. Esta sección está pendiente de revisión por un asesor cualificado.
- Pareja
- Cónyuge o pareja registrada
- Hijos
- Menores de 18 años, o mayores que dependan económicamente de usted
- Ingresos adicionales (2026)
- Unos 1.068 € al mes por el primero y 356 € por cada uno adicional
- Autorización
- Vinculada a la residencia del solicitante principal
España frente a Portugal, Italia y Grecia
Las principales vías para nómadas digitales en el sur de Europa, de un vistazo. Los umbrales cambian cada año; consulte la fuente antes de basarse en una cifra.
| Ingresos mínimos | Autónomos | Primera autorización | Familiares | Fuente | |
|---|---|---|---|---|---|
| España | Unos 2.849 € al mes (200% del SMI, 2026) | Sí, hasta un 20% de clientes españoles | Visado de hasta 1 año, o residencia de 3 años si se solicita en España | Sí, con ingresos adicionales | Fuente (opens in a new tab) |
| Portugal (D8) | 4 veces el salario mínimo portugués al mes | Sí | Visado de estancia temporal o de residencia | Sí | Fuente (opens in a new tab) |
| Italia | Unos 28.000 € al año (3 veces el nivel de exención sanitaria) | Sí, trabajadores altamente cualificados | Visado y permiso de hasta 1 año | Sí | Fuente (opens in a new tab) |
| Grecia | 3.500 € al mes | Sí, con clientes fuera de Grecia | Visado de hasta 12 meses | Sí | Fuente (opens in a new tab) |
Comparativa orientativa, no constituye asesoramiento. Las cifras proceden de las fuentes oficiales enlazadas y pueden cambiar. Datos a fecha de: .
Lista de documentos
Los documentos que necesitan la mayoría de los solicitantes. Obtenga la lista completa, con notas sobre cada documento, lista para imprimir.
Incluido en la lista
- Pasaporte
- Fotografía tamaño carné
- Certificados de antecedentes penales
- Seguro médico
- Título o acreditación de experiencia
- Carta de la empresa (empleados)
- Contratos con clientes (autónomos)
- Acreditación de la actividad de la empresa
- Justificantes de ingresos
- Extractos bancarios
- Acreditación de Seguridad Social
- Documentos familiares
Hable con nosotros como prefiera
Elija lo que mejor le convenga. Todas las solicitudes llegan al mismo gestor de su expediente.
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Orientación de carácter general. Las normas y las tasas de inmigración cambian, por lo que confirmamos los requisitos vigentes para su situación en su evaluación.
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